Estado incompetente para juzgar a César Duarte y la Coneja: FEPADE
La FEPADE reclamó competencia exclusiva para juzgar delitos por el uso indebido de recursos en partidos y atraerá los casos de Chihuahua del PRI Gate, afirmó el titular de la dependencia, Héctor Díaz.
Con esta disposición, los juicios interpuestos contra el exgobernador César Duarte, Alejandro Gutiérez Gutiérrez “La Coneja”, Gerardo Villegas, Antonio Tarín, Sergio Medina, entre otros, pasarían a ser responsabilidad de la FEPADE como Fiscalía acusadora y tribunal federal debería resolver, al menos el caso exclusivo del PRI Gate.
Hoy, Héctor Díaz, fiscal de Atención de Delitos Electorales anunció que por ser competencia federal el desvío de recursos públicos para campañas electorales, la denuncia que interpuso el PAN y MORENA a nivel nacional, así como la fiscalización de los partidos políticos, la FEPADE atrajo la investigación del PRI Gate, donde acusan al exgobernador César Duarte y varios exfuncionarios de desviar 250 millones de pesos a favor del PRI.
Con esta atracción, los jueces locales no tienen injerencia en el caso y el Ministerio Público de Chihuahua puede participar sólo como coadyuvante.
Ante esto, Alejandro Gutiérrez, operador del PRI fue puesto bajo arresto y con prisión preventiva, por lo que ahora algún juez federal puede ordenar el cambio de prisión o en su caso, que siga en libertad el proceso.
Cabe mencionar que el Partido Acción Nacional y MORENA interpusieron a mediados de diciembre, denuncias ante la FEPADE y el INE por el presunto desvío de los 250 millones de pesos, razón que utilizó la Fiscalía Electoral para atraer el caso.
Aquí las razones por las cuales la FEPADE atrajo el caso del PRI Gate:
1.- Competencia.- La investigación de delitos electorales es competencia federal.
2.- Facultad de fiscalización de los partidos políticos es federal.
3.-Obligación de investigar denuncia penal dos partidos (PAN y MORENA).
4.- Poder Judicial de la Federación resolvió que los actos de apoyo y económicos son de competencia federal.
5.- Pleno fundamento jurídico jurisprudencia y decisiones la Corte
6.- La atracción no varía los delitos ni las penas.
Con información de: tiempo.com