Inconstitucional “decretazo” que destituyó a Sepúlveda: Suprema Corte
La Suprema Corte Justicia decidió que el artículo 2º transitorio de la reforma a la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia de Chihuahua de noviembre de 2016 es inconstitucional.
El proyecto lo presentó Alberto Pérez Dayán y va en el sentido de declarar inválido dicho artículo transitorio y los ministros los votaron con 10 votos a favor, decisión unánime.
Ahora quedará pendiente resolver cuáles son los efectos de la invalidez de se artículo 2º transitorio, porque la Corte deberá discutir el “efecto” de la invalidez, es decir, qué pasará con el Tribunal Superior de Justicia de Chihuahua, quién ocupará la presidencia.
La decisión, a pesar de su unanimidad, fue cuestionada, tres ministros: Luis María Aguilar Morales, Jorge Mario Pardo Rebolledo y Margarita Beatriz Luna Ramos, votaron a favor del proyecto, pero “obligados” por “la mayoría” que ayer decidió desestimar las causales de improcedencia. A consideración de estos tres ministros, debieron sobreseer la controversia constitucional.
Respecto al artículo 44 de la misma Ley Orgánica que se modificó en noviembre de 2016 y que establece los ministros para ser electos presidente del tribunal deben tener una antigüedad de cinco años el proyecto apoyaba este candado.
“La norma impugnada es acorde de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos” porque lleva a que quien ocupe la titularidad del poder judicial sea “una persona con la experiencia, competencia y elementos suficientes para el ejercicio jurisdiccional”. “Dicho requisito no tiene la finalidad de menoscabar los derechos de ningún magistrado”, consideró el ministro ponente Alberto Pérez Dayán.
Este punto lo aprobaron los ministros de la Suprema Corte con 9 votos a favor y 1 voto particular, por lo que se pronunciaron por la validez de esta norma.
Con información de: tiempo.com