Senado frena reforma que elimina el fuero
Por una división interna en el PRI, el Senado de la República frenó la reforma constitucional que había aprobado la Cámara de Diputados la semana pasada para eliminar el fuero, informó El Financiero.
Debido a los desacuerdos al interior de los grupos parlamentarios del PRI y del PAN, las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, Gobernación, Justicia, de Reforma del Estado y la de Estudios Legislativos acordó crear un “grupo técnico revisor”, para que presente una nueva propuesta, luego de siete horas de discusión.
Aunque al inicio de la sesión de las comisiones unidas, la bancada priista se manifestó a favor de la minuta de los diputados –incluido su coordinador Emilio Gamboa-, durante el debate, el senador priista Manuel Cavazos Lerma propuso la creación dicho grupo técnico, a la que sumaron varios de sus compañeros, algunos senadores del PAN y los legisladores sin partido.
“No le corregimos la plana a la Cámara de Diputados, sino lo que buscamos es cooperar para corregir lo que está mal hecho, en beneficio de todos. No hay duda acerca del objetivo, pero sería una gran irresponsabilidad que se apruebe una reforma que causará un mal mayor y una ingobernabilidad”, sostuvo Cavazos.
El coordinador de las comisiones unidas, Enrique Burgos, avaló la propuesta e instruyó a los grupos técnicos a recoger las “observaciones” de cada partido y a tratar de buscar una nueva redacción. Declaró que las comisiones se mantendrán en “sesión permanente” sin dar fecha ni hora para una nueva reunión. “Tenemos hasta el lunes”, dijo.
La senadora independiente Martha Tagle acusó que “esta fue sólo una estrategia del PRI para echar atrás algo que, en el fondo no quieren, pero que no saben cómo decírselo a su candidato José Antonio Meade”.
El también priista Patricio Martínez –exgobernador de Chihuahua- también se opuso y cuestionó: “¿Quién de los aquí presentes ha hecho uso del fuero? Yo sí he hecho uso del fuero y queremos que desaparezca. Por ejemplo, el fuero parlamentario es para legislar, no para ladrones, para los pillos, para borrachos ni para quien atropella.
“Pero si viene mal la ley de los diputados hay que corregirla, aunque no coincida con mis compañeros del PRI; no será la primera vez, interprétenlo como quieran”.
Por el PAN, Jorge Luis Preciado dijo que “no es la ley ideal, pero demos el primer paso”, y llamó a los partidos a aprobar cuanto antes el documento, porque de regresarse a la Cámara de Diputados con cambios “dormirá el sueño de los justos” y no se volverá a debatir.
Sin embargo, su compañero de partido, Héctor David Flores, presidente de la Comisión de Justicia, se sumó a la propuesta del PRI.
El lunes termina el último periodo ordinario de esta legislatura en las dos cámaras del Congreso y ya no habrá tiempo para legislar, por lo que el tema quedaría congelado, advirtió el senador Preciado.
El senador priista José Tapia había dicho que iban con la minuta de los diputados en sus términos, porque “en el PRI queremos eliminar el fuero porque queremos castigar a cualquiera que cometa un delito”. “Si hay alguna deficiencia técnica hay amparos”, dijo. “La ley es perfectible”, remarcó.
“No buscamos hacer sólo un trámite electorero ni oportunista, sino terminar con la idea de que hay mexicanos de primera y mexicanos de segunda”, sostuvo. “No seamos omisos, seamos responsables; no es por las elecciones de julio, es por el futuro de nuestras generaciones”.
Sin embargo, al final se sumó también a la propuesta del senador Cavazos.
Martha Palafox explicó que la reforma es necesaria porque es urgente atender el clamor ciudadano, aunque “no se hizo de la manera idónea”, porque hay errores que ponen en riesgo a todo servidor público, por lo que “debe corregirse la redacción de algunos artículos”.
Algunos otros senadores, entre ellos Alejandro Encinas y Manuel Cárdenas, ambos sin partido, cuestionaron que la reforma tiene “inconsistencias”, que dejan “en la vulnerabilidad” a quien sea que llegue a la Presidencia de la República, y que podría conducir a la “ingobernabilidad”, ya que podría ser acusado y destituido, dijo Encinas. “Sólo queremos certeza jurídica”, añadió.
Manuel Cárdenas advirtió que “un presidente puede de ser juzgado sólo por delitos inventados, y eso generaría ingobernabilidad”.
El senador del PT-Morena, Luis Humberto Fernández, aclaró que “no estamos pidiendo que se cambie nada, sino sólo que se precisen las limitantes para el procesamiento de los inculpados, porque se deja abierta la puerta a juzgar al presidente o a un ministro por cualquier cosa”.
Entre las reformas se incluyen modificaciones a los artículos 17, 61, 74, 108, 110, 111, 112 y 114, que permitirán que se pueda proceder penalmente en contra el presidente de la República en turno, contra senadores, diputados, ministros y toda la clase política y del Poder Judicial.
Entre los cambios más importante destaca el del 108, en el que se elimina el ordenamiento de que “El Presidente de la República, durante el tiempo de su encargo, sólo podrá ser acusado por traición a la patria y delitos graves del orden común”.
También el 110, que se incluye que “podrán ser sujetos de juicio político el Presidente de la República, senadores, diputados…”.
Se reforma el artículo 61 para eliminar la parte enunciativa que señala que los presidentes de la Cámara de Diputados y del Senado “velarán por el respeto al fuero constitucional”.
En el 74 se quita la facultad de la Cámara de Diputados de declarar si ha o no lugar a proceder penalmente contra los servidores públicos que hubieren incurrido en delito, es decir, de retirar o no el fuero. El 108 se reforma para estipular que las constituciones estatales no deberán establecer prerrogativas o tratos especiales para los funcionarios estatales y municipales, cuando incurran en cualquier tipo de responsabilidad o en la probable comisión de delitos.
En el 111 se indica que cuando un juez determine la vinculación a proceso a alguno de los servidores públicos, se le podrá imponer cualesquiera de las medidas cautelares que señale el Código Nacional de Procedimientos Penales, salvo la prisión preventiva y la suspensión temporal en el ejercicio del cargo, hasta en tanto no se dicte sentencia condenatoria o bien termine el periodo para el cual fue electo o nombrado.