¿Quiénes podrán multar por no usar cubrebocas? Mira aquí
Este 12 de noviembre la propuesta de creación de la Ley para el uso obligatorio del cubrebocas será votada en el Congreso del Estado, a lo que surge la duda ¿qué autoridad será la competente para realizar dicha infracción?
En el dictamen propuesto para la creación de la Ley por parte de la Comisión de Salud tras el estudio de la iniciativa del Gobernador Javier Corral jurado el Capítulo III el cual esta destinado a las infracciones y sanciones, dispone un apartado especial para las autoridades competentes en aplicar las sanciones.
Artículo 15: Autoridades competentes para vigilar el cumplimiento de esta ley.
Las autoridades sanitarias y administrativas estatales y municipales, así como las instituciones de seguridad pública, en coordinación y dentro del ámbito de su competencia, serán las responsables de verificar el cumplimiento de las medidas sanitarias previstas en esta ley.
Las infracciones a esta ley serán sancionadas por las autoridades sanitarias y administrativas, estatales y municipales, sin perjuicio de las penas que correspondan cuando sean constitutivas del delito.
Es importante destacar que para llegar a una multa económica es necesario haber violado la Ley en por lo menos dos ocasiones, esto debido a que existen una serie de penas menores incluyendo una amonestación y trabajo comunitario, hasta llegar a las 12 horas de prisión.