¿Ya es legal la mariguana? ¿La despenalizaron? Aún no, te explicamos qué aprobó el Senado
La mayoría en el Senado mexicano votó este jueves a favor de un dictamen que avala el uso lúdico del cannabis o mariguana, incrementa el límite de posesión y establece una regulación para el autocultivo, así como la venta de la planta y sus derivados.
La decisión de los senadores llega dos años después de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación declarara que es inconstitucional prohibir el uso recreativo de la mariguana, pero aún debe ser discutida en la Cámara de Diputados.
Si es aprobada ahí, el presidente Andrés Manuel López Obrador debe recibir el decreto, realizar observaciones, si es el caso, y mandarlo a publicar.
Es decir, la nueva regulación aún no está vigente, faltan pasos en el proceso legislativo.
La diputada federal Nayeli Salvatori compartió un video que incluye el mensaje “ya es legal” y en el que exhibe una pipa, pero justo ella, en los próximos días, será uno de los legisladores que tendrá que discutir el tema, para que ya sea una realidad.
https://twitter.com/Naysalvatori/status/1329607624032210945
Además, en el mismo dictamen se deja en claro que se trata de un proyecto de regulación, no de legalización o despenalización, pues los castigos se mantienen en determinados casos de posesión de la cannabis.
Puntos clave
Formalmente, el dictamen aprobado el jueves reforma artículos del Código Penal Federal y la Ley General de Salud, expide la Ley Federal para la Regulación del Cannabis y establece la creación del Instituto Mexicano de Regulación y Control de Cannabis.
La propuesta de la ley establece que “queda permitido a personas mayores de edad consumir cannabis psicoactivo”, con la condición de no hacerlo frente a otros adultos que no den su consentimiento, alguna persona imposibilitada para manifestarlo o menores de edad.
Según el dictamen, un consumidor puede conseguir cannabis de tres maneras:
— Autocultivo. Un adulto está autorizado para tener hasta seis plantas en casa –u ocho si vive más de una persona consumidora– y cosechar para sí, sin necesidad de registro, pero cumpliendo con las medidas de las autoridades.
— Asociaciones. Grupos organizados de entre 2 y 20 personas, supervisados por el Instituto Regulador para el Control de la Cannabis en México de la Secretaría de Salud, pueden cultivar y producir únicamente para sus miembros. “Podrán sembrar hasta la cantidad equivalente a 4 plantas de cannabis psicoactivo por persona asociada al año y cosechar, aprovechar y preparar el producto de estas”.
— Puntos de venta. Empresas cuya cadena de producción está regulada y autorizada por las autoridades, pueden vender dosis específicas de mariguana.
Tania Ramírez, Directora de Incidencia de México Unido Contra la Delincuencia, explica que si bien se habilita el abastecimiento y las licencias para su producción y venta, se tendrá que convivir con “un régimen de sanciones penales o administrativas que sostienen la prohibición”.
Actualmente en México se permite la posesión de hasta 5 gramos y el dictamen propone un incremento a 28. Si tienes menos de 28 gramos, se supone que ninguna autoridad te podría detener por ello.
Sin embargo, explica Ramírez, si se sospecha que alguien carga más de esa dosis podría ser detenido por la policía y presentado ante el Ministerio Público hasta que aclare la cantidad exacta, debido a que no se derogó el delito de posesión simple.
“Se abre un margen de extorsión y de la ‘siembra’ de cantidades. Estas prácticas no terminan porque el delito de posesión simple sigue existiendo, todo se mantiene pero se traslada a los 28 gramos”, señala.
En caso de que la posesión sea mayor a los 28 gramos y menor a los 200, tendrá que pagar una sanción administrativa que va de los 5 mil a los 10 mil pesos, comenta.
Si se supera la posesión de 200 gramos, la persona puede ser sancionada penalmente.
Lo prohibido
Algunas de las prohibiciones que que contempla el dictamen son:
- El consumo del cannabis en menores de edad, a menos que sea para fines médicos.
- Comercializar sin contar con una licencia.
- El consumo en áreas de trabajo, públicas o privadas.
- Conducir cualquier vehículo, u operar equipo que potencialmente peligro bajo los efectos del THC.
- Las organizaciones con licencia que se opongan a inspecciones son susceptibles a sanciones.
Con información de: animalpólitico.com