Vacaciones dignas para descansar en toda regla
El pasado 1 de enero entró en vigor la reforma para que, a partir de este 2023, los empleados del sector formal tengan un mínimo de 12 días de descanso pagado al año, el doble de los seis a los que tenían derecho en el anterior régimen.
De acuerdo con los cambios aprobados a los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) por parte del Congreso de la Unión, este piso de 12 días podrá aumentar gradualmente hasta llegar a 32 días para los trabajadores que tengan entre 31 y 35 años de antigüedad en la misma empresa.
Aunque la reforma ya es de observancia general para las empresas privadas, el goce particular del nuevo régimen vacacional depende del día de aniversario laboral de cada empleado. Esto significa que el cambio en la fórmula y en el monto de la prima vacacional a la que se tiene derecho se verán reflejados al cumplir un nuevo año de servicio este 2023, pues la reforma no es retroactiva. Además, en caso de tener días pendientes para usar, estos tampoco se modifican.
Por ejemplo, si un trabajador cumplió tres años laborando en una empresa a finales de noviembre pasado y no tomó sus vacaciones correspondientes a 2022, deberá tomar los diez días que indica la fórmula anterior y no los 16 que la reforma señala para quienes cumplan esa antigüedad este año. Esto, porque su aniversario laboral se cumplió antes de la entrada en vigor del nuevo régimen. Será hasta que cumpla otro año de servicio en la misma empresa cuando le aplique la nueva fórmula.
Otro ejemplo es que si el segundo aniversario laboral de un trabajador se cumple en marzo, deberá esperar a cumplirlo para disfrutar los 14 días que indican los cambios a la Ley Federal del Trabajo, ya que mientras dispondrá sólo de ocho días.
Con información de: excelsior.com