‘Atoran’ 5 diputados la Reforma Judicial
Chihuahua, Chih.- La Reforma Judicial, que presentó la presidenta del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Myriam Hernández Acosta, lleva atraso de más de un año, está “atorada” en el Congreso del Estado por falta de acuerdos con cinco diputados clave para completar la mayoría calificada que necesita cualquier propuesta de reforma de ley.
Desde mayo de 2022, Hernández Acosta declaraba sobre la necesidad de trabajar de manera interna en el Tribunal Superior de Justicia en una reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial; a finales de marzo de 2023 presentó la iniciativa de reforma en el Congreso y en agosto de 2023 urgía al Estado para que juntos pidieran agilidad al Poder Legislativo.
Aunque se tenía previsto que ayer fuera discutido el dictamen en el pleno, de manera sorpresiva el asunto fue retirado del orden del día.
Fuentes al interior del Congreso informaron que las fracciones legislativas todavía no concretan acuerdos para lograr la mayoría calificada, correspondiente a dos terceras partes de las y los diputados presentes durante la votación en el pleno.
Para que la reforma avance requiere de por lo menos 22 votos de 33 totales, los 12 diputados de la bancada de Morena, incluyendo a Adriana Terrazas, estarían en contra, junto con los priistas Omar Bazán, Georgina Zapata y Édgar Piñón, además de Francisco Sánchez de Movimiento Ciudadano.
De acuerdo con las fuentes de diferentes bancadas en el Poder Legislativo, a favor estaría la totalidad de la bancada panista compuesta de 15 miembros, además de los priistas Ivón Salazar Y Noel Chávez, y les faltarían cinco aliados para que avance la propuesta.
También existe un acuerdo firme para que de las cuatro magistraturas pendientes de elección al interior del Poder Judicial Estatal, dos correspondan a mujeres y dos a hombres, sin embargo el tema del género para la convocatoria reclama en algunas voces, la totalidad de los espacios.
Dentro de los principales puntos de la reforma se encuentra un nuevo mecanismo para elección de magistraturas, que otorga facultades a la Judicatura del Poder Judicial a realizar exámenes de oposición, a la titular del Poder Ejecutivo para elegir una terna entre los perfiles que el Tribunal califique como idóneos, y al Poder Legislativo de realizar la elección final de perfiles.
El dictamen aprobado por la Comisión y que ayer fue bajado del orden del día, establece en su artículo 99 que “las personas titulares de las magistraturas y de las consejerías de la Judicatura, designadas por el Tribunal Superior de Justicia, no podrán actuar como patronos, abogados o representantes en cualquier proceso ante los órganos del Poder Judicial del Estado, durante dos años después de haber concluido su encargo. Transcurrido ese lapso, tampoco podrá hacerlo en aquellos asuntos que hubiere conocido con motivo de dicho cargo, modificando la restricción absoluta que actualmente establece la constitución para poder litigar.
Además establece el dictamen un nuevo procedimiento para seleccionar las vacantes definitivas de las magistraturas.
En ese procedimiento el Consejo de la Judicatura emitirá convocatoria pública para el concurso de oposición, en el que puedan participar, tanto personas que presten sus servicios en el Poder Judicial, como personas externas al mismo, bajo el principio de paridad de género, analizando la idoneidad de los perfiles de las personas aspirantes mediante las evaluaciones que determine.
Esa idoneidad será bajo los principios de excelencia, transparencia, objetividad, exhaustividad, independencia, imparcialidad y profesionalismo, para lo cual designará a las personas o instituciones que elaboren y apliquen el examen o los exámenes que determinen.
“Concluidas las evaluaciones, el Consejo de la Judicatura, en un plazo no mayor a quince días hábiles, enviará a quien ocupe la titularidad del Poder Ejecutivo Estatal una lista de cinco personas por cada Sala o vacancia”.
En dicha lista el Consejo de la Judicatura velará por el cumplimiento de los requisitos y principios establecidos en la Constitución, así como la paridad de género, prefiriendo a aquellas personas que hayan prestado sus servicios con eficiencia y probidad en la administración de justicia o que lo merezcan por su honorabilidad, competencia y antecedentes en otras ramas del ejercicio de la profesión jurídica.
Luego, quien ocupe la titularidad del Poder Ejecutivo Estatal, una vez recibida las listas a que se refiere la fracción anterior, integrará una terna por cada Sala o vacancia y la enviará al Congreso del Estado, en donde “previa comparecencia pública ante la Junta de Coordinación Política de las personas integrantes de la terna, el Pleno del Congreso del Estado nombrará a quien deba ocupar la Magistratura, por el voto de las dos terceras partes de sus integrantes presentes en la sesión respectiva, dentro de un plazo improrrogable de treinta días hábiles a partir de la presentación de la propuesta, y se deberá aplicar el principio de paridad de género”.
En caso de que el Pleno del Congreso del Estado rechace la totalidad de la terna propuesta, quien ocupe la titularidad del Poder Ejecutivo Estatal presentará una nueva terna en un plazo de quince días hábiles, reiniciándose el plazo para que el Congreso haga el nombramiento.
“Si con la integración de la nueva terna no se alcanza la votación requerida para nombrar a quien debiera ocupar la Magistratura, se hará una nueva votación, y será designada en la Magistratura la persona que haya obtenido mayor número de votos”, establece el dictamen que debió bajarse del orden del día de la sesión.
Con información de: eldiariodechihuahua.com