Patrones tienen hasta el 20 de diciembre para pagar aguinaldo: JLCyA
Parral.- El concepto de aguinaldo, es un derecho laboral que adquieren los empleados al momento de prestar sus servicios ante cualquier patrón, ya sea persona moral o física, quienes, hasta antes del día 20 de diciembre, están obligados a pagar este concepto.
El Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, establece que los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos.
Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.
Por su parte, la Lic. Cecilia Pérez, procuradora de la defensa del trabajo, explicó que, en la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, siempre hay personal para atender a las personas y más en estas fechas próximas para pagar el aguinaldo, está la procuraduría o la inspectoría de trabajo y se pueden acercar a cualquiera de los dos departamentos para orientar al trabajador o trabajadora que tenga alguna duda con las prestaciones.
Explicó que previo a un juicio, procuran juntar a las partes involucradas para tratar de llegar a un arreglo conciliatorio o para hacer el reclamo de la prestación. Respecto a las personas interesadas en el tema, dijo que actualmente han otorgado asesorías y no se han presentado quejas. “Nosotros hemos hecho promoción informando a la sociedad de dicha prestación y mas adelante, estaremos informando de los plazos”.
Finalmente, detallo que las oficinas de la JLCyA son locales para ramos comerciales y/o ventas, sin embargo, para asuntos federales, relacionados a minería, cinematografía y empresas textiles, en la junta federal de conciliación y arbitraje.