Policías de tránsito ya no podrán retener documentación; entran en vigor las reformas
Chihuahua.- A partir de hoy, las reformas en el Congreso del Estado a la Ley de Vialidad y Tránsito, impedirá que las personas que sean multadas por agentes viales tengan que entregar su documentación para que esta sea retenida y tampoco el vehículo en caso de conducir en ebriedad.
Los legisladores aprobaron modificar el artículo 100 de dicho ordenamiento jurídico, mediante el cual se establece que, en caso de infracción, el oficial de tránsito que tomó conocimiento de ella, únicamente solicitará la exhibición de los documentos y no la entrega de los mismos.
De igual forma se reforma el artículo 101 de esta misma ley, en el cual se establece que cuando la persona infractora de la ley venga acompañada de alguien que se encuentre en condiciones de conducir el vehículo, no se realizará la retención del mismo.
Como derecho de las personas detenidas por conducir en estado de ebriedad, estos podrán solicitar un segundo examen de alcoholemia, con instrumental distinto al utilizado en primera revisión, con el objetivo de verificar el resultado.
Además de estas modificaciones, se agrega que los agentes de vialidad deberán portar durante toda su jornada, adherida a su uniforme, la videocámara portátil que le sea asignada.