Hasta 8 años de cárcel por pasar packs en Jalisco
Jalisco.- Con penas de prisión que van de cuatro a ocho años, el Congreso del Estado de Jalisco aprobó la llamada Ley Olimpia y quedó tipificado el delito de violación a la intimidad sexual.
Además la ley prevé multas de 86 mil a 173 mil pesos contra quienes sin el consentimiento de su pareja exhiban o publiquen en internet imágenes o vídeos con contenido erótico privado.
Según el Diario La Jornada, en la disposición legal aprobada se prevé que el Ministerio Público o la autoridad judicial competente ordene a las empresas prestadoras de servicios digitales el retiro inmediato de la publicación realizada sin consentimiento de la víctima.
La Ley Olimpia, es identificada como tal por la activista poblana Olimpia Coral Melo, quien redactó en 2014 el primer proyecto para visibilizar este tipo de violencia en México.
Contempla modificaciones y adiciones a diversos artículos de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y del Código Penal para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia digital contra las mujeres y las niñas.
Delito perseguido por querella
En la publicación del Diario La Jornada se informó que además se establece que el ilícito se perseguirá por querella y habrá reparación integral del daño.
Asimismo se obliga a que el agresor vaya a re-educación integral con perspectiva de género, pida una disculpa pública y en todos los casos se ordenará el retiro del material que hayan subido en las distintas redes sociales.
Ciberacoso
Asimismo se regula el delito de ciberacoso, que consiste en que una persona utilice tecnología para hostigar, perseguir, causar daño o incomode la integridad de una persona.
Con información de: elimparcial