Función Pública del Estado, sin claridad en sus propios datos de demandas: Defensa de Duarte
Ante las inexactas declaraciones en la conferencia de prensa del día de hoy de la secretaria de la Función Pública, la defensa legal de César Horacio Duarte Jaquez, hace del conocimiento de la comunidad en general las siguientes precisiones, a saber:
1.- En los Procedimientos Administrativos que se impusieron a nuestro defendido, en ninguno de ellos ha intervenido la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
2.- La razón por la cual el máximo órgano rector del Gobierno Estatal encargado de que los servidores públicos en particular y la administración pública en general sea siempre apegado correctamente a la legalidad, es decir, la Secretaría de la Función Pública, intentará reponer los procedimientos en contra de nuestro defendido, es en razón de la incorrecta aplicación de una ley que al momento de imponer estos procedimientos ya estaba abrogada, es decir, era inaplicable por lo menos dos años antes de imponer estos procedimientos .
3.- Nunca hubo falta de claridad normativa para estos procedimientos ni era necesaria ninguna “bola mágica” como lo señaló la secretaria, bastaba con tener un calendario vigente a la mano y tener acceso a las leyes emanadas de nuestro Congreso y del Congreso de la Unión.
4.- Con la aplicación de la normatividad que había sido extinta al menos dos años antes de los procedimientos impuestos a nuestro defendido (dos del año 2019 y tres del año 2020), se violó el debido proceso no solo en el ámbito administrativo sino también en lo penal; lo cual será demostrado en los tribunales establecidos para ello.
5.- Los números expuestos en su conferencia de prensa fueron completamente equivocados, a saber:
– Los Procedimientos Administrativos en contra de nuestro defendido no son cuatro, sino cinco.
– De los procedimientos de nuestro representado no están en este momento juicios de amparo uno, sino los cinco, bajo los siguientes números de expedientes: 2098/2019, 333/2020, 1187/2020, 1235/2020 y 1236/2020
– El menoscabo al erario que la Función Pública buscó infructuosa e ilegalmente atribuir responsabilidad administrativa a nuestro defendido no es de 130 millones de pesos sino de 420 millones.
6.- Efectivamente, todos los procedimientos administrativos pueden ser repuestos de nueva cuenta, hecho que esta defensa y nuestro defendido vemos como un justa oportunidad para poder acreditar en los tribunales y no en los medios, así como por medio de pruebas claras y no por una aplicación equivocada o manipulada de la ley.
Atentamente:
Lic. Juan Carlos Mendoza Lujan