Decretazo para carne impide la importación de ganado en pie
El decreto que publicó hoy el Gobierno Federal no libera la importación de ganado den pie, solamente canales, cortes, carne en trozo, pollo, pescado, huevo, entre otros.
Ganaderos de Chihuahua habían mostrado su preocupación por la liberación de candados para la importación de alimentos, pues podría generarse nuevas reglas para traer ganado en pie a México, esto podría derivar la llegada de enfermedades.
Dicha situación podría provocar que Estados Unidos cerrara para México y Chihuahua la exportación de ganado en pie, que es la principal actividad ganadera del estado.
Sin embargo, este nuevo decreto no autoriza la importación de ganado en pie de otros países, por lo que se mantendrá la actividad por regiones.
El Gobierno Federal publicó este jueves el decreto en donde libera restricciones y permite la importación de carne y otros productos pollo, huevo, cebolla, limón, tomate, naranja, papas, frijoles y entre otros, esto con mira de bajar los precios de los alimentos.
Este decreto, da facilidades administrativas para acreditar el cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias, sin embargo, no exime a las personas físicas o morales importadoras de productos a cumplir con las obligaciones de calidad necesarias para proteger la vida y seguridad de todas las personas, particularmente las aplicables al ámbito fitosanitario y zoosanitario.
La nueva regulación explica que las personas físicas o morales podrán acceder a estas nuevas disposiciones cumpliendo con los requisitos administrativos y con la promesa de decir verdad que las mercancías que van a importar cumple con todas las condiciones sanitarias y de inocuidad alimentaria conducentes y que además, están certificadas.
Lo anterior, que, en caso de ser sorprendidos incumpliendo, serán sancionados por datos falsos ante la autoridad y las demás normas conducentes.
Para poder importar alimentos, tanto las personas físicas como morales necesitarán la Licencia Única Universal, para lo que deben de estar inscritos y activos en el padrón que se creará para tales efectos.
Asimismo, el Gobierno Federal explicó que será la PROFECO quien mantendrá la vigilancia de las practicas lucrativas y evitar que se incremente el precio de los alimentos para los mexicanos.
¿Qué se puede importar de acuerdo con el decreto?
Bovinos:
Canales, medios canales, cortes y carne deshuesada.
Leche, leche en polvo o en pastillas
*Porcinos:
Canales, medios canales, piernas, paletas, trozos sin deshuesar
*Pollo:
Sin trocear frescos o refrigerados, sin trocear cogelados, trozos y despojos.
Huevo de la especie “Gallus domesticus”
*Pescado:
Sardinas, sardinelas, espadines, atunes de aleta amarilla.
*Frutas, verduras y hortalizas:
Papas, tomates, cebollas, chalotes, zanahorias, nabos, frijoles, porotos, alubias, judías, naranjas, manzanas, trigo, maíz, sorgo, harina de trigo.
*Otros:
Jabón, pan de trigo, papel, tela sin tejer, productos laminados de hierro o acero sin alear, pintados barnizados.
Con información de: tiempo.com