Convocatoria para elegir nuevo Auditor Superior continúa desierta: Karina Velázquez
El pasado 27 de febrero, la Junta de Coordinación Política que encabeza la Diputada del PRI, Diana Karina Velázquez Ramírez, presentó la convocatoria para elegir a quien ocupe el cargo de Auditor Superior del Estado, con diez días hábiles para que los interesados presentaran sus propuestas.
Sin embargo, a la fecha y faltando solamente tres días no se ha inscrito ningún aspirante, por lo que la legisladora, hizo un llamado a los chihuahuenses para que participen ya que la fecha límite es el próximo viernes 10 de marzo.
Reiteró además a nombre de la Junta de Coordinación Política que es de suma importancia contar con perfiles que ocupen el cargo, mismos que deben elegirse de manera democrática y transparente para asegurar que prevalezca en todo momento la legalidad que reviste el cargo.
Los aspirantes deberán presentarse en la Oficialía de Partes, ubicada en el Mezannine del H. Congreso del Estado, en un horario de 9:00 a 20:00 horas presentando solicitud por escrito, aviso de privacidad, anuencia para sujetarse al procedimiento y los resultados que se obtengan; estos documentos pueden descargarse de la página oficial del Poder Legislativo www.congresochihuahua.gob.mx o se pueden obtener en la misma oficina receptora de la información.
Una vez concluido el plazo para la recepción de las solicitudes, dentro de los tres días hábiles siguientes, la Junta de Coordinación Política las revisará y analizará para determinar cuáles de éstas cumplen con los requisitos contenidos en la convocatoria.
Dentro de los diez días hábiles siguientes a la recepción de solicitudes, la Junta de Coordinación Política entrevistará a cada uno de los aspirantes que hayan cumplido con los requisitos hasta generar una terna que será presentada ante el Pleno del Congreso del Estado, que elegirá mediante el voto de las dos terceras partes de los diputados presentes en la sesión correspondiente, a quien deba desempeñar el cargo de Auditor Superior.
En caso de que ninguna de las personas propuestas reciba la votación requerida en la fracción anterior, la Junta de Coordinación Política formulará nueva terna, que será sometida a consideración del Pleno.
CONVOCATORIA
BASES
PRIMERA.- Podrán participar las y los ciudadanos (as) mexicanos (as) que cumplan con los requisitos contemplados en el artículo noveno de la Ley de la Auditoria Superior del Estado de Chihuahua, que son:
- Tener la ciudadanía mexicana en pleno ejercicio de sus derechos; lo cual se acreditará con original o copia certificada del acta de nacimiento.
- Tener cuando menos treinta y cinco años cumplidos al día de su designación; lo cual se acreditará con original o copia certificada del acta de nacimiento.
- No haber sido condenado (a) por delitos dolosos que ameriten pena privativa de la libertad; lo que se acreditará mediante constancia o certificado de antecedentes penales, expedida por la autoridad competente y con una antigüedad no mayor a seis meses.
- Haber residido en el Estado durante los cinco años anteriores al día de su nombramiento; lo cual se acreditará mediante certificado de residencia expedido por el Ayuntamiento del Municipio que corresponda.
- Contar al día de su designación con Título y Cédula Profesional en alguna de las siguientes profesiones: Contaduría Pública, Economía, Derecho o Administración, con antigüedad mínima de cinco años; lo cual se acreditará con copia certificada por ambos lados del título y cédula profesional, expedidos por la institución facultada para tal efecto.
- Acreditar como mínimo cinco años de experiencia en Administración Pública, en materia de control, auditoría financiera y de responsabilidades; lo que se acreditará con el currículum vitae que anexe a su solicitud y los documentos idóneos que sustenten tales circunstancias.
- No será necesario asentar en el currículum vitae la historia personal y familiar de la o el interesado. (Nombre del cónyuge, número y nombre de las y los hijos, pasatiempos, R.F.C., CURP, parientes, entre otros.)
- No haber sido titular de alguna de las dependencias en el Gobierno del Estado, Ayuntamientos o que por disposición constitucional estén dotados de autonomía, organismos públicos descentralizados, empresas de participación y fideicomisos de la administración pública estatal y/o municipal, en los últimos dos años; lo cual se acreditará con declaración bajo protesta de decir verdad.
- No haber sido dirigente de algún partido político, ni haber sido postulado para cargo de elección popular en los comicios, ya sea federal o estatal, inmediato anterior a la designación; lo cual se acreditará mediante constancia expedida por el Instituto Estatal Electoral o el Instituto Nacional Electoral.
- No ser ministro de culto religioso; lo cual se acreditará mediante declaración bajo protesta de decir verda