Emite CNDH recomendación a gobiernos de Chihuahua y Guadalupe y Calvo por muerte de 7 niños por desnutrición en 2019 y 2020
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 12/2023 a la gobernadora constitucional del estado de Chihuahua, María Eugenia Campos Galván, y a Julio César Chávez Ponce, presidente municipal de Guadalupe y Calvo, Chihuahua, por violaciones a los derechos humanos a la salud, a la vida y al interés superior de la niñez de siete menores de cinco años, y de manera colectiva, a la salud, alimentación, educación y nivel de vida adecuados de los habitantes de Choréachi, en el municipio de Guadalupe y Calvo, Chihuahua.
El 21 de enero de 2021, autoridades tradicionales de la comunidad y dos integrantes de la Asociación Civil Alianza Sierra Madre A.C., presentaron una queja ante la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) de Chihuahua, en la que manifestaron que, de octubre de 2019 a junio de 2020, siete niñas y niños habían muerto por causas relacionadas con desnutrición infantil y enfermedades prevalentes de la infancia, todas prevenibles y curables.
Posteriormente, señalaron que consideraban necesarios servicios de salud y de programas nutricionales acordes con sus necesidades y estándares culturales, ya que a pesar de que en esos momentos se construía un Centro de Recuperación Nutricional, la comunidad nunca fue consultada e informada sobre su diseño, construcción y operatividad. El 25 de enero de 2021, la CEDH Chihuahua radicó el expediente de queja y, por la trascendencia de los hechos, remitió una copia de esta a este Organismo Nacional. Al tratarse de un asunto que por su especial gravedad trascendía el interés de la entidad federativa e incide en la opinión pública nacional, la CNDH acordó, el 24 de febrero de 2021, ejercer la facultad de atracción de este caso, determinando el inicio del expediente de queja.
La Comisión Nacional acreditó, con las evidencias recabadas por su personal y los hechos violatorios descritos, que las autoridades del Estado de Chihuahua vulneraron el derecho humano de acceso a la salud colectiva de la comunidad indígena de Choréachi y en particular de las siete personas menores de edad fallecidas, por la falta de disponibilidad, accesibilidad y aceptabilidad de los servicios médicos, así como la falta de registro, control y seguimiento de la condición de desnutrición de la niñez indígena de esa comunidad, bajo los siguientes argumentos: a) La comunidad no cuenta con un establecimiento permanente de atención médica de primer nivel; b) los servicios no se encuentran al alcance geográfico de las personas de la comunidad, ni son asequibles; c) las unidades móviles que se implementaron para tratar de compensar esta situación no son suficientes ni adecuadas; y d) no se observó que las estrategias en materia de salud se hayan realizado y sean operadas bajo una perspectiva de interculturalidad, pues la comunidad no fue consultada ni tomada en cuenta.
Con base en lo anterior, la CNDH solicitó a la gobernadora de Chihuahua y al presidente municipal de Guadalupe y Calvo que inscriban a las víctimas indirectas en el Registro Estatal de Víctimas y procedan a la inmediata reparación integral del daño, que incluya la medida de compensación. Además, que se les proporcione a estas personas atención médica, psicológica y tanatológica.
También, deberán realizar un censo actualizado para conocer cuántas niñas y niños viven en la comunidad, así como un diagnóstico sobre el estado de salud nutricional en el que se encuentran, y un diagnóstico sobre las necesidades en materia de acceso colectivo a la salud, a la seguridad alimentaria, a la educación, el fortalecimiento de la identidad cultural de la comunidad Choréachi y su desarrollo.
A partir de los datos del censo, deberán poner en marcha un Plan multidisciplinario integral y de reparaciones colectivas, en materia de acceso colectivo a la salud, a la seguridad alimentaria, a la educación, el fortalecimiento de la identidad cultural de la comunidad y su desarrollo de nivel de vida adecuado.
De manera coordinada con los sistemas para el Desarrollo Integral de la Familia (SDIF) estatal y municipal, en colaboración con los sistemas locales de salud, y acorde con el Plan multidisciplinario integral y de reparaciones colectivas, deberán realizar las gestiones administrativas correspondientes para que se dote al Centro de Salud de la Comunidad de Choréachi de lo necesario para garantizar los estándares de accesibilidad, aceptabilidad, disponibilidad y calidad en los servicios de salud.
Finalmente, se pide que implementen un curso integral sobre capacitación y formación en materia de derechos humanos a personal de las direcciones, áreas y unidades de la Secretaría de Salud y del Municipio de Guadalupe y Calvo, que atiendan a la comunidad de Choréachi, Chihuahua, el cual deberá ser efectivo para prevenir hechos similares a los del presente caso.
La Recomendación 12/2023 ya fue notificada a su destinatario y puede consultarse en la página web cndh.org.mx.