Aprueba Comisión dos días de descanso obligatorios por semana laboral
La Comisión de Puntos Constitucionales en la Cámara de Diputados pasó la reforma constitucional que eleva de uno a dos los días de descanso obligatorio a la semana para los trabajadores.
Sesionó este 25 de abril la Comisión de Puntos Constitucionales que preside el diputado Juan Ramiro Robledo Ruiz y aprobó con 25 votos a favor de varios partidos y cinco abstenciones de legisladores del PAN la reforma al Artículo 123 de la Constitución Política de México.
Dos días de descanso obligatorio.
La reforma propone cambiar el artículo 123, apartado A, fracción IV que ahora pasará a decir:
“Por cada cinco días de trabajo deberá disfrutar el operario de dos días de descanso, cuando menos”.
El artículo 123 en el Apartado A establece los derechos que tienen “los obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos y de una manera general, todo contrato de trabajo”.
Hasta el día de hoy, dice la fracción IV que el trabajador tiene derecho a que “por cada seis días de trabajo deberá disfrutar el operario de un día de descanso, cuando menos”, pero con el cambio la jornada laboral pasa a ser de cinco días de trabajo con dos de descanso obligatorio.
Al aprobar la reforma, los diputados presentes aplaudieron el logro y vitorearon.
¿Qué sigue?
Como fue aprobada en comisiones, sigue que la reforma sea sometida a discusión y votación en el Pleno de la Cámara de Diputados.
La reporta Laura Brugés dio a conocer que esperan subirlo al Pleno mañana.
Al ser constitucional, requiere de dos terceras partes de los votos, por lo que la mayoría morenista que impulsa la reforma necesita el apoyo de al menos una parte de la oposición para conseguir los votos.
De ser aprobada en Cámara de Diputados, tendrá que pasar el mismo proceso en el Senado, luego ser aprobada por la mayoría de los congresos de los estados, así que necesitarán que lo ratifiquen en 17 congresos locales. Luego será decretada por el Poder Ejecutivo (el Presidente) para que entre en efecto.
Con información de: tiempo.com