Denuncian alto riesgo de incendio en fábrica de muebles de la Comarca
Parral.- Ahora vecinos de la calle Mariano Azueta en la colonia Palmilla han denunciado las irregularidades que existen y el riesgo latente de incendio en la Fábrica de muebles del titular de protección civil Víctor Iván Espinoza, quien se ha dedicado a sancionar todos los negocios que no cuenten con las medidas de protección civil.
Mediante una denuncia a este medio de comunicación, los vecinos de la calle Mariano Azuela en la colonia Palmilla indicaron las irregularidades con las que opera la fábrica de muebles del titular de protección civil Víctor Iván Espinoza, quien desde que inicio la administración ha recorrido comercios, bares, restaurantes, Pizzerias, aserraderos, salones de baile y ahora hasta centro de nutrición, argumentando la falta de las medidas de seguridad.
No obstante, se denunció primeramente que la bodega de venta de Muebles del titular de protección Civil Víctor Iván Espinoza Alanís, que se encuentra ubicada en la colonia Américas, no cuenta con salidas de emergencia ni extinguidores a pesar de que se trata de un lugar altamente flamable.
Ahora los propios vecinos de la calle Mariano Azueta de la colonia Palmilla denunciaron públicamente que a la altura del número 53 está localizada la Fábrica de muebles del funcionario municipal, y señalaron que el inmueble carece de cualquier medida de seguridad poniendo en peligro a todos los vecinos que habitan en los alrededores.
Indicaron: “Dudo mucho que los trabajadores en caso de alguna contingencia puedan saltar por las ventanas o bien por la puerta de la planta alta, el taller de pintura está un poco más abajo y ahí de plano solo hay una sola puerta”.
En la fotografía que enviaron de la mencionada Fábrica de Muebles, se puede apreciar que no existen salidas de emergencia, y que existen puertas en la parte superior sin escaleras para que los trabajadores salgan a la calle en caso de algún incendio.
Al tratarse de una zona alta mente flamable la fábrica no cuenta algún sistema contra incendios fijo, aumentando el riesgo para los vecinos del sector quienes solicitan que alguien tome cartas en el asunto que no sea quien hoy dirige la unidad de protección civil de Parral ya que se entiende que existe favoritismo y omisiones para aplicar inspecciones en los negocios antes señalados.
A continuación presentamos NORMA Oficial Mexicana NOM-002-STPS-2010, Condiciones de seguridad-Prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo para que sean consideradas por el funcionario Municipal en sus negociaciones.
4.33 Unidad interna de protección civil: Es el órgano normativo y operativo, cuyo ámbito de acción se circunscribe a las instalaciones de una institución, dependencia o entidad perteneciente a los sectores público, privado o social, que tiene la responsabilidad de desarrollar y dirigir las acciones de protección civil, así como de elaborar, implementar y coordinar el programa interno correspondiente.
- Obligaciones del patrón
5.1 Clasificar el riesgo de incendio del centro de trabajo o por áreas que lo integran, tales como plantas, edificios o niveles, de conformidad con lo establecido por el Apéndice A de la presente Norma.
5.2 Contar con un croquis, plano o mapa general del centro de trabajo, o por áreas que lo integran, actualizado y colocado en los principales lugares de entrada, tránsito, reunión o puntos comunes de estancia o servicios para los trabajadores, que contenga lo siguiente, según aplique:
- a) El nombre, denominación o razón social del centro de trabajo y su domicilio;
- b) La identificación de los predios colindantes;
- c) La identificación de las principales áreas o zonas del centro de trabajo con riesgo de incendio, debido a la presencia de material inflamable, combustible, pirofórico o explosivo, entre otros;
- d) La ubicación de los medios de detección de incendio, así como de los equipos y sistemas contra incendio;
- e) Las rutas de evacuación, incluyendo, al menos, la ruta de salida y la descarga de salida, además de las salidas de emergencia, escaleras de emergencia y lugares seguros;
- f) La ubicación del equipo de protección personal para los integrantes de las brigadas contra incendio, y
- g) La ubicación de materiales y equipo para prestar los primeros auxilios.
5.3 Contar con las instrucciones de seguridad aplicables en cada área del centro de trabajo y difundirlas entre los trabajadores, contratistas y visitantes, según corresponda (Véase la Guía de Referencia I, Instrucciones de Seguridad para la Prevención y Protección contra Incendios).
5.4 Cumplir con las condiciones de prevención y protección contra incendios en el centro de trabajo, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo 7 de la presente Norma.
5.5 Contar con un plan de atención a emergencias de incendio, conforme al Capítulo 8 de esta Norma.
5.6 Contar con brigadas contra incendio en los centros de trabajo clasificados con riesgo de incendio alto, en los términos del Capítulo 9 de la presente Norma.
5.7 Desarrollar simulacros de emergencias de incendio al menos una vez al año, en el caso de centros de trabajo clasificados con riesgo de incendio ordinario, y al menos dos veces al año para aquellos con riesgo de incendio alto, conforme a lo señalado en el Capítulo 10 de esta Norma (Véase la Guía de Referencia II,
Brigadas de Emergencia y Consideraciones Generales sobre la Planeación de los Simulacros de Incendio).
5.8 Elaborar un programa de capacitación anual teórico-práctico en materia de prevención de incendios y atención de emergencias, conforme a lo previsto en el Capítulo 11 de esta Norma, así como capacitar a los trabajadores y a los integrantes de las brigadas contra incendio, con base en dicho programa.
5.9 Dotar del equipo de protección personal a los integrantes de las brigadas contra incendio, considerando para tal efecto las funciones y riesgos a que estarán expuestos, de conformidad con lo previsto en la NOM-017-STPS-2008, o las que la sustituyan (Véase la Guía de Referencia III, Componentes y Características Generales del Equipo de Protección Personal para los Integrantes de las Brigadas contra Incendio).
5.10 Contar en las áreas de los centros de trabajo clasificadas con riesgo de incendio ordinario, con medios de detección y equipos contra incendio, y en las de riesgo de incendio alto, además de lo anteriormente señalado, con sistemas fijos de protección contra incendio y alarmas de incendio, para atender la posible dimensión de la emergencia de incendio, mismos que deberán ser acordes con la clase de fuego que pueda presentarse Detectores de Incendio y la Guía de Referencia V, Sistemas Fijos contra Incendio).
Por: Fernando Lara