Ley Silla: Avanza iniciativa para que empleadores provean de asientos a sus trabajadores
La llamada Ley Silla, iniciativa que obliga a empleadores a proveer de asientos a sus trabajadores y prohíbe que estén de pie toda su jornada laboral, fue aprobada por unanimidad en comisiones del Senado, por lo que se espera que pase al pleno en los siguientes días.
Las comisiones unidas de Estudios Legislativos Primera y del Trabajo y de Previsión Social aprobaron prohibir que los patrones obliguen a sus empleados a realizar toda su jornada de trabajo de pie, por lo que deberán de contar con sillas con respaldo para el descanso o establecer periodos de descanso durante la jornada.
La senadora Patricia Mercado dijo que desde 1914 se propuso el ordenamiento de que los trabajadores contarán con una silla para descansar.
Y el presidente de la Comisión de Trabajo, Napoleón Gómez Urrutia, señaló que tener de pie a los trabajadores por largos periodos tiene efectos dañinos para la salud, desde dolores hasta afectaciones de circulación en la sangre.
¿En qué consiste la Ley Silla?
La iniciativa Ley Silla propone modificar los artículos 132 y 133 de la Ley Federal del Trabajo, que establecen cuáles son las obligaciones que deben cumplir los patrones, con el objetivo principal de garantizar que los trabajadores tengan acceso a sillas en su lugar de trabajo y prohibir que las empresas nieguen a sus empleados el derecho a sentarse.
“Queda prohibido a los patrones o a sus representantes: Obligar a las personas trabajadoras a permanecer de pie durante la totalidad de la jornada laboral y, en el caso de funciones incompatibles, prohibirles tomar asiento periódicamente durante el desarrollo de sus funciones”.
Este ordenamiento puede limitarse cuando la naturaleza del trabajo implique riesgos a la seguridad e integridad de los trabajadores derivados de tomar asiento durante sus funciones laborales.
Además, ordena que quienes no cumplan con estas obligaciones serán sancionados con una multa por el equivalente de 250 a 2,500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), lo que actualmente equivale a 103.74 pesos diarios, por lo que la sanción sería de 25,935 a 259,350 pesos.
En caso de reincidencia, y a juicio de una inspección laboral, se podrá ordenar la suspensión temporal de las actividades del lugar de trabajo en tanto no se realizan las acciones necesarias para garantizar que los empleados cuenten con sillas para el descanso.
La propuesta Ley Silla ordena que los reglamentos internos de las empresas regulen este nuevo derecho y que tendrán un año para adecuarse y dar cumplimiento con este ordenamiento.
Después de ese periodo, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social tendrá máximo 60 días para inspeccionar que se acate esta disposición.
Con información de: animalpolitico.com