Urge implementar programas de beneficio para personas cuidadoras
-En los que se contemplen apoyos económicos y beneficios a través de instituciones públicas y privadas.
El Congreso de Chihuahua hizo un llamado al Ejecutivo Federal, para que se implementen programas dirigidos a familiares de las personas con discapacidad que se encargan de proporcionarles cuidados, conocidos como personas cuidadoras, en los que se contemplen apoyos económicos, así como beneficios obtenidos a través de convenios con instituciones públicas y privadas que proporcionen servicios y bienes orientados a la atención de la salud.
Así mismo, para que, de manera conjunta con las autoridades correspondientes, se analice la posibilidad de incorporar como derechohabientes de las instituciones de salud pública, a las personas cuidadoras que acrediten tal carácter y contemplarlas en esquemas de empleo temporal o aquellos que reconozcan y retribuyan sus labores.
De acuerdo a lo planteado en la iniciativa que dio origen al exhorto enviado al Ejecutivo Federal, diversas investigaciones han determinado que la calidad de vida de las personas cuidadoras se ve mermada para quienes realizan de manera informal estas labores, ya que suelen dedicar 14 horas diarias a la atención de algún dependiente, por lo que solo el 29% de las personas cuidadoras puede tener otro empleo; que del total de mujeres cuidadoras, solo un 26% cuenta con apoyo de algún profesional con conocimientos médicos, poniendo en riesgo su propia salud.
Ahora bien, la Comisión de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables, señala dentro del dictamen que, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad señala que los Estados Partes deben adoptar las medidas pertinentes para impedir cualquier forma de explotación, violencia y abuso, asegurando, entre otras cosas, que existan formas adecuadas de asistencia y apoyo para las personas con discapacidad y sus familiares y cuidadores.
En este sentido, los Estados Parte deben prestar servicios de apoyo adecuados a los cuidadores de la familia, a fin de que puedan, a su vez, apoyar a su hijo o su familiar a vivir de forma independiente en la comunidad; dicho apoyo debe incluir servicios de atención temporal, de guardería y otros de apoyo a la crianza de los hijos.