Obligatorio, afilia tu empresa a Fonacot; multa de hasta $162 mil
Este 4 de abril publicaron la reforma a la Ley Federal del Trabajo con la cual comenzarán a multar con máximo de 162 mil pesos a las empresas que no se afilien a Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Fonacot).
El presidente Andrés Manuel López Obrador firmó el decreto de la reforma aprobada por el Congreso de la Unión para agregar la afiliación a Fonacot como una obligación que si no se cumple puede ser sancionada económicamente.
¿Qué va a pasar?
Fonacot ya era una prestación de ley para los trabajadores formales, como Infonavit o IMSS.
Ofrece créditos de nómina por hasta cuatro meses de salario con baja tasa de interés que tiene que pagar el trabajador, no la empresa. La empresa no es deudora, sólo debe hacer las retenciones y reportarlas como ya ocurre con IMSS.
Aunque era una obligación, no existía esta multa. A partir de mañana que entra en vigor la reforma las autoridades federales tendrán ‘dientes’ para sancionar a las empresas o patrones que no estén registradas.
Afilia tu empresa a Fonacot.
- La afiliación es gratuita.
- Están obligadas las empresas formales y personas físicas si tienen registro patronal.
- Aquí puedes afiliarte y ver todos los requisitos: https://login.fonacot.gob.mx/login/external?returnUrl=https://tramites.fonacot.gob.mx
La multa.
El artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo dice que “se impondrá multa” a quienes incumplan las obligaciones laborales.
La fracción III de ese artículo contempla multas de “50 a 1500 Unidades de Medida y Actualización (UMA)”, equivalentes a entre $5,428.50 y $162,855 este año 2024, “al patrón que no cumpla las obligaciones señaladas en el artículo 132, fracciones IV, VII, VIII, IX, X, XII, XIV y XXII”.
Aquí se incluyen multas por no proporcionar un lugar seguro; por no expedir constancias de días trabajados y salario percibido, o de separación de la empresa; por no permitir ir a votar el día de elecciones, entre otras.
La reforma.
Pues ahora a ese catálogo de multas del artículo 994 agregan el incumplimiento a la fracción XVI Bis del artículo 132 en la ley que obliga:
“Afiliar al centro de trabajo al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Fonacot), a efecto de que los trabajadores puedan ser sujetos del crédito que proporciona dicha entidad. La afiliación será gratuita para el patrón”.
Ahora, si sorprenden las autoridades laborales que un centro de trabajo no está afiliado al Fonacot, podrá ser multado con entre 50 y 1500 UMAS, que son entre 5 mil 428.50 pesos hasta 162 mil 855 pesos.
Pedir crédito Fonacot.
Si eres tabajador formal con prestaciones de ley puedes solicitar cita en: https://citas.fonacot.gob.mx/client
La sucursal de la ciudad de Chihuahua está en la colonia San Felipe en calle Ramírez Calderón 901. En Ciudad Juárez está en avenida De la Raza 4049 en la Mascareñas. En Delicias está en el Círculo de la Plaza de Armas 6.
Además la Dirección de Fonacot en el estado de Chihuahua suele llevar módulos a distintos municipios como Cuauhtémoc o Nuevo Casas Grandes para acercar los servicios.
Ofrece crédito de nómina de hasta cuatro meses de salario. Incluye seguro de desempleo. Ofrece la tasa más baja del mercado pues el objetivo de Fonacot como institución del Gobierno Federal es apoyar a la ciudadanía más allá de hacer negocio.
Sin embargo, en particular en Chihuahua, la gente es tan cumplida que termina liquidando su crédito a tiempo y hasta renovándolo, lo que genera números verdes y vuelve sostenible el funcionamiento del instituto para que cada vez tenga una mayor bolsa de dinero para emitir los préstamos.
Con información de: tiempo.vom