¿Qué son los tiempos oficiales de radio y tv que AMLO regresó?
Los Tiempos Oficiales son espacios de transmisión del Estado Mexicano en las estaciones de radio y canales de televisión abierta para difundir temas educativos, culturales o interés social; hoy AMLO anunció que el Gobierno Federal los regresa a los concesionarios de radio y tv.
De acuerdo con la Secretaría de Gobernación, estos espacios están constituidos por Tiempo de Estado y Tiempo Fiscal.
La Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía comparte la administración de dichos tiempos con el Instituto Nacional Electoral: En periodos regulares (no electorales) RTC tiene a cargo el 88% y el INE el 12%; en periodos electorales, a partir del inicio de las precampañas, el Instituto administra 48 minutos de los tiempos.
*Tiempo de Estado:
Los Tiempos de Estado son transmisiones gratuitas diarias de hasta 30 minutos, disponibles en cada estación de radio y canal de televisión abierta.
Su fundamento legal reside en el Artículo 251 y 252 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Con base en lo anterior, se difunden mensajes de 30 segundos y programas de cinco y diez minutos, tales como:
– “La SCJN Cerca de Ti” (Suprema Corte de Justicia de la Nación)
– “Mundo del trabajo” (Secretaría del Trabajo y Previsión Social)
– “Radiósfera” (UNAM)
– “Revista del Consumidor” (Profeco)
*Tiempo Fiscal:
En el Tiempo Fiscal, se establece un decreto que autoriza a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público recibir de los concesionarios el pago en especie del impuesto que se indica, publicado en el Diario Oficial de la Federación. En estos espacios se transmiten mensajes de los diferentes Poderes de la Unión y Entes Autónomos.
Tienen acceso a los Tiempos Oficiales los organismos federales de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial; así como los Entes Autónomos tales como Banco de México, Comisión Nacional de los Derechos Humanos e Instituto Nacional de Estadística y Geografía, Instituto Federal de Telecomunicaciones, entre otros.
De conformidad con el Artículo 254 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, todas las estaciones de radio y canales de televisión del país están obligadas a transmitir gratuitamente y de manera preferencial:
-Boletines relacionados con la seguridad del territorio nacional, conservación del orden público, o con medidas para prever o remediar cualquier emergencia.
-Información relevante en materia de seguridad, salubridad o protección civil.
-Mensajes o avisos relacionados con embarcaciones o aeronaves en peligro, que soliciten auxilio.
De igual forma, el Artículo 217, Fracción II y Artículo 255 de esa misma Ley, ordena a las emisoras de radio y televisión a encadenarse cuando se trate de transmitir información de trascendencia para la nación, a juicio de la Secretaría de Gobernación.
Con información de: tiempo.com